El D4 Forestal es el instrumento de evaluación ambiental específico para determinadas actividades de aprovechamiento maderable en bosques ubicados dentro de Áreas Silvestres Protegidas, cuando la normativa permite realizar el aprovechamiento.
El D4 Forestal no corresponde a cualquier corta o aprovechamiento de árboles
Su aplicación depende de la existencia de bosque, de la ubicación dentro de un Área Silvestre Protegida, del tipo y magnitud del aprovechamiento y de que no exista una prohibición legal para realizarlo.
Existe bosque
El trámite está dirigido específicamente al aprovechamiento maderable realizado dentro de ecosistemas boscosos.
Está dentro de un Área Silvestre Protegida
La ubicación de la propiedad respecto al sistema de Áreas Silvestres Protegidas es determinante para definir si esta ruta ambiental puede resultar aplicable.
El aprovechamiento es legalmente admisible
La existencia del D4 no autoriza aprovechamientos en lugares donde otra norma, categoría de manejo o regulación establezca una prohibición expresa.
Algunos aprovechamientos forestales no requieren D4
El propio Reglamento identifica determinadas actividades de muy bajo impacto que no deben gestionar el D4 Forestal, aunque puedan continuar sujetas a las autorizaciones forestales que correspondan.
Menos de 30 m³ de volumen comercial
Las solicitudes de extracción de árboles en pie con un volumen comercial inferior a 30 metros cúbicos, dentro de las condiciones previstas por el Reglamento, se consideran de muy bajo impacto para efectos del D4.
Menos de 10 árboles caídos por propiedad
Las solicitudes para aprovechamiento en bosque de menos de diez árboles caídos por propiedad tampoco deben gestionar D4 Forestal bajo este Reglamento.
No requerir D4 no significa que la madera pueda aprovecharse sin autorización
La evaluación ambiental de SETENA y la autorización forestal son procedimientos diferentes. Dependiendo del tipo de terreno, bosque, árboles y aprovechamiento, pueden continuar aplicando trámites y regulaciones administrados por SINAC.
El D4 Forestal y la autorización de aprovechamiento forestal no son el mismo trámite
SETENA evalúa los impactos ambientales mediante el D4, mientras que la gestión forestal y la aprobación del aprovechamiento corresponden al Sistema Nacional de Áreas de Conservación según el procedimiento aplicable.
Viabilidad Ambiental · D4 Forestal
El D4 evalúa aspectos ambientales relacionados con el aprovechamiento, incluyendo las condiciones del Área del Proyecto, recursos utilizados, impactos y riesgos ambientales relevantes.
Manejo y aprovechamiento forestal
La autorización forestal correspondiente se tramita conforme a la Ley Forestal y a los estándares, planes de manejo y procedimientos administrados por SINAC.
Primero debemos ubicar correctamente dónde se realizará el aprovechamiento
El expediente debe mantener coherencia entre la finca, el Área del Proyecto, el área de aprovechamiento y la información forestal y ambiental presentada.
El D4 analiza cómo la actividad forestal se relaciona con los componentes ambientales
La Plataforma Digital incorpora cuestionarios específicos para identificar regulaciones, consumo de recursos, impactos y otros riesgos asociados al aprovechamiento forestal.
Condiciones específicas
Revisamos las regulaciones aplicables a la actividad forestal y a la ubicación donde se pretende realizar.
Componentes ambientales
Se consideran aspectos relacionados con agua, suelo, energía y cobertura vegetal.
Efectos ambientales
Evaluamos los posibles efectos de las actividades de aprovechamiento sobre componentes ambientales relevantes.
Otras condiciones relevantes
Se revisan otros riesgos que puedan derivarse de las condiciones particulares del aprovechamiento.
¿Qué información necesitamos para preparar un D4 Forestal?
Integramos la ubicación, la condición del bosque y la evaluación ambiental
Antes de preparar el formulario revisamos si la actividad realmente corresponde a D4 y coordinamos la información ambiental, cartográfica y forestal necesaria para representar correctamente el aprovechamiento propuesto.
De la revisión forestal a la resolución ambiental
Revisamos el caso
Confirmamos ubicación, condición del bosque y tipo de aprovechamiento.
Confirmamos la ruta
Determinamos si corresponde D4 o si el aprovechamiento sigue otra gestión.
Caracterizamos el AP
Integramos propiedad, cartografía y condiciones ambientales y forestales.
Preparamos el D4
Completamos la evaluación y documentación requerida en la Plataforma Digital.
SETENA revisa
La institución verifica el expediente y puede solicitar información adicional.
Continúa la gestión forestal
La viabilidad ambiental se articula con las autorizaciones forestales que deban resolverse ante SINAC.
El D4 contempla un cierre mediante la Bitácora Digital Ambiental
El Reglamento establece para el control posterior del D4 un informe de regencia ambiental de cierre presentado mediante la Bitácora Digital Ambiental.
Evaluación ambiental y gestión forestal deben coordinarse
El aprovechamiento maderable combina responsabilidades ambientales y forestales que se tramitan ante instituciones distintas y bajo normativa especializada.
Secretaría Técnica Nacional Ambiental
SETENA
SETENA valora los impactos ambientales mediante el D4 Forestal
La resolución de viabilidad ambiental corresponde a SETENA y se basa en la información presentada sobre el aprovechamiento, el Área del Proyecto y sus posibles impactos.
Posteriormente, la autorización de manejo o aprovechamiento forestal debe cumplir con las competencias, estándares y procedimientos administrados por SINAC.
Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental
El D4 Forestal se regula principalmente mediante el Decreto Ejecutivo N.° 43898-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, artículos 36 al 42 y su Anexo 9, en coordinación con la normativa forestal aplicable.
D4 Forestal y aprovechamiento maderable
¿Todo permiso para cortar árboles necesita D4?
No. El D4 tiene un ámbito muy específico relacionado con aprovechamiento maderable en bosque dentro de Áreas Silvestres Protegidas y existen además actividades de muy bajo impacto que el Reglamento excluye del D4.
¿Tener aprobado el D4 me autoriza a cortar los árboles?
No por sí solo. La viabilidad ambiental de SETENA no sustituye las autorizaciones forestales que deban gestionarse ante SINAC.
¿Se puede hacer aprovechamiento en cualquier Área Silvestre Protegida?
No. El D4 aplica únicamente cuando el aprovechamiento resulta legalmente admisible y no existe una prohibición expresa aplicable al sitio.
¿Qué ocurre si son pocos árboles?
El Reglamento identifica determinados aprovechamientos de muy bajo impacto que no requieren D4, pero debe verificarse qué autorización forestal corresponde en cada caso.
¿D4 y Plan de Manejo Forestal son lo mismo?
No. El D4 es el instrumento de evaluación ambiental de SETENA. El Plan de Manejo Forestal corresponde al sistema técnico y administrativo de manejo sostenible regulado por SINAC.
¿Qué información necesitan para revisar mi caso?
Como punto de partida necesitamos ubicación de la propiedad, plano catastrado, información sobre el bosque, número o volumen aproximado de árboles a aprovechar y cualquier antecedente o gestión forestal existente.
¿Necesita realizar un aprovechamiento maderable y no sabe si corresponde D4?
Podemos revisar la ubicación, condición del bosque, magnitud del aprovechamiento y antecedentes disponibles para identificar la ruta ambiental y forestal aplicable.
Revisemos primero el caso
Envíenos el plano catastrado, ubicación de la propiedad, una descripción del bosque y la información disponible sobre los árboles o volumen que se pretende aprovechar.

